Lorenia Espinosa   
May 15, 2019   Actualizado Jan 17, 2020


Si eres autor de obras “en serie” tales como las siguientes:

  • Canciones
  • Pinturas o dibujos
  • Esculturas
  • Artículos o blogs
  • Fotografías
  • Diseños

...puedes protegerlas por genero todas ellas como una “colección” o “compilación” en el INDAUTOR* y no es necesario que tramites el registro por separado. De esta forma quedarán todas legalmente protegidas.

Aun cuando la Ley Federal del Derecho de Autor dispone que las obras se encuentran protegidas sin necesidad de registro, es importante recordar que, con el mismo, es mucho más fácil demostrar la calidad de autor, la fecha de creación de la obra, los datos del autor tales como nombre y nacionalidad y por tanto ejercer acciones legales necesarias en contra de terceros que intenten violar los derechos autorales respecto de las obras que han sido registradas.